Herencia después de un fallecimiento: trámites y documentos para empezar
Antes de repartir bienes hay que saber si existe testamento, quiénes tienen derechos en la herencia y qué patrimonio y deudas dejó la persona fallecida. Esta guía ordena los primeros pasos para no mezclar trámites que deben hacerse en momentos distintos.
Resumen rápido: qué hacer primero
Obtener el certificado de defunción o comprobar que la inscripción de la defunción está disponible.
Solicitar el certificado de actos de última voluntad cuando haya transcurrido el plazo exigido.
Comprobar si existe testamento. Si existe, localizar el último y pedir la copia autorizada cuando se tenga derecho a ella.
Si no hay testamento, valorar la declaración de herederos abintestato ante notario.
Inventariar bienes, cuentas, inmuebles, seguros y deudas antes de decidir sobre aceptación, partición o adjudicación.
Revisar fiscalidad y plazos aplicables según la comunidad autónoma y la situación concreta.
1. Certificado de defunción
Es uno de los documentos básicos para iniciar las gestiones posteriores al fallecimiento. Sirve para acreditar oficialmente la defunción y suele ser necesario para otros trámites sucesorios.
El siguiente paso habitual es comprobar si la persona fallecida otorgó testamento. El certificado de actos de última voluntad informa de si consta testamento y, en caso afirmativo, permite identificar el notario ante el que se otorgó el último inscrito.
El Ministerio de Justicia establece que la solicitud no puede presentarse hasta que hayan transcurrido 15 días hábiles desde la fecha del fallecimiento.
Con el certificado puede identificarse el último testamento inscrito. Quien esté legitimado podrá solicitar la copia autorizada al notario correspondiente y comprobar exactamente qué disposiciones dejó la persona fallecida.
SI NO HAY TESTAMENTO
Declaración de herederos abintestato
Cuando no existe testamento puede ser necesario formalizar ante notario una declaración de herederos abintestato para determinar quiénes son los herederos conforme a la legislación civil aplicable.
3. Qué documentos conviene reunir para una herencia
La documentación exacta depende del caso, pero preparar un expediente ordenado evita repetir gestiones. Entre los documentos que suelen ser relevantes están:
Certificado de defunción.
Certificado de actos de última voluntad.
Copia autorizada del testamento, si existe.
Acta de declaración de herederos, cuando sea necesaria.
Documentación de identidad y documentos que acrediten parentesco cuando proceda.
Información de cuentas bancarias, inversiones, vehículos e inmuebles.
Pólizas y certificados de seguros relacionados con el fallecimiento.
Préstamos, hipotecas, recibos pendientes y otras posibles deudas o cargas.
Una herencia no está formada únicamente por bienes. Antes de hablar de reparto conviene identificar activos, titularidades, deudas y cargas. Una cuenta bancaria conjunta, una vivienda adquirida durante el matrimonio o un préstamo pendiente no deben interpretarse únicamente por quién figura como heredero: también puede ser necesario determinar qué parte pertenecía ya a cada titular antes del fallecimiento.
Cuando existen dudas sobre deudas o sobre el alcance de la responsabilidad del heredero, es especialmente importante recibir asesoramiento antes de aceptar o disponer de bienes.
5. Herencia con padre fallecido y madre viva
La búsqueda “herencia padre fallecido madre viva” tiene una dificultad práctica: no existe un reparto universal que pueda aplicarse solo con esos tres datos. El resultado puede cambiar según el testamento, el régimen económico matrimonial, la titularidad previa de los bienes, el número de hijos y el derecho civil común, autonómico o foral que corresponda.
No conviene dar por hecho que...
todo el patrimonio pasa automáticamente a la madre;
los hijos reciben automáticamente todos los bienes por partes iguales;
todo lo que estaba a nombre del matrimonio forma parte íntegra de la herencia;
la existencia de testamento elimina la necesidad de revisar derechos del cónyuge, legítimas o normativa aplicable.
Primero hay que separar qué pertenecía a la persona fallecida y después aplicar el testamento o, si no existe, las reglas sucesorias que correspondan.
6. Si no hay testamento: qué es la declaración de herederos
El Punto de Acceso General de la Administración explica que, cuando una persona fallece sin testamento, la declaración de herederos abintestato determina quiénes son los herederos según la ley. El trámite se realiza ante notario competente y la documentación puede variar en función de la relación familiar y de las circunstancias del expediente.
7. Partición, adjudicación e impuestos: no son el mismo trámite
Identificar a los herederos es solo una parte del proceso. Después puede ser necesario valorar bienes, decidir cómo se adjudican, documentar la partición, liquidar obligaciones fiscales y actualizar titularidades en bancos o registros.
Los impuestos y sus bonificaciones dependen de factores personales y territoriales, por lo que esta página no utiliza una cifra única ni un porcentaje general. Conviene consultar la administración tributaria competente o a un profesional antes de dejar vencer un plazo.
8. Cuándo puede ser útil pedir ayuda profesional
No todas las herencias necesitan el mismo nivel de asesoramiento. En una sucesión sencilla puede bastar con ordenar documentos y acudir a los organismos o al notario que correspondan, pero hay situaciones en las que conviene revisar el caso antes de firmar, aceptar o repartir bienes.
Existen deudas, avales, préstamos o cargas cuyo alcance no está claro.
Hay desacuerdo entre herederos sobre inventario, valoración o reparto.
Intervienen menores de edad o personas que necesitan representación.
Existen bienes, residencia fiscal o herederos en distintos territorios o países.
La herencia incluye una empresa, participaciones societarias o patrimonio difícil de valorar.
Hay dudas sobre aceptar, renunciar o aceptar a beneficio de inventario.
Se acerca un plazo fiscal y no está claro qué administración o normativa resulta aplicable.
La función de esta guía es ayudarte a identificar el siguiente paso, no recomendar una solución jurídica concreta. Si necesitas asesoramiento, compara profesionales con experiencia específica en sucesiones y pide por escrito el alcance y coste del servicio antes de contratar.
Preguntas frecuentes sobre herencias después de un fallecimiento
¿Cuál es el primer paso para tramitar una herencia?
Normalmente conviene reunir el certificado de defunción y solicitar el certificado de actos de última voluntad. Este último permite saber si existe testamento y ante qué notario se otorgó.
¿Cuándo se puede pedir el certificado de últimas voluntades?
El Ministerio de Justicia indica que la solicitud no puede presentarse hasta que hayan transcurrido 15 días hábiles desde la fecha del fallecimiento.
¿Qué pasa si la persona fallecida no hizo testamento?
Cuando no existe testamento puede ser necesaria una declaración de herederos abintestato ante notario para determinar quiénes son los herederos conforme a la legislación aplicable.
¿Qué ocurre si existe testamento?
El certificado de últimas voluntades identifica el último testamento inscrito y el notario autorizante. Las personas legitimadas pueden solicitar la copia autorizada que corresponda antes de continuar con la partición.
¿Si fallece el padre y la madre sigue viva, quién hereda?
No existe una respuesta única. Depende del testamento, del régimen económico matrimonial, de la titularidad de los bienes, de la existencia de hijos y de la legislación civil aplicable. No debe asumirse que todo pasa automáticamente a la madre o a los hijos.
¿Hay que revisar las deudas antes de aceptar una herencia?
Sí. Antes de tomar decisiones conviene identificar tanto los bienes como las deudas y cargas. La forma de aceptar o renunciar a una herencia puede tener consecuencias jurídicas y patrimoniales.
¿Hace falta abogado para tramitar una herencia?
No existe una obligación general de contar con abogado en toda herencia. Sin embargo, puede ser especialmente útil cuando hay deudas, desacuerdo entre herederos, menores, bienes en distintos territorios, una empresa familiar o dudas sobre aceptación, renuncia, partición o fiscalidad.
¿Tanatorio.es sustituye a un notario o abogado?
No. Esta guía ordena los pasos y documentos habituales, pero una herencia puede verse afectada por testamentos, deudas, fiscalidad, régimen matrimonial y derecho civil autonómico o foral.
Información orientativa revisada el 15/09/2026. Una herencia puede verse afectada por el testamento, el régimen matrimonial, la existencia de deudas, la fiscalidad y el derecho civil aplicable. Para decisiones sobre aceptación, renuncia, partición o tributación debe prevalecer la documentación del caso y el asesoramiento profesional.